Qué documentos puede pedirle a un arrendatario (y cuáles ya no puede)
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Qué documentos puede pedirle a un arrendatario (y cuáles ya no puede)

Hay documentos que los arrendadores colombianos llevan años exigiendo y que hoy están prohibidos. Conozca la lista actualizada de lo que puede y no puede pedir en 2026 sin violar la ley.

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Equipo GestiProp

El contexto legal cambió

Durante años, muchos arrendadores en Colombia exigían documentos sin ningún respaldo legal, simplemente porque "siempre se había hecho así". Hoy, la Ley 1581 de 2012 (protección de datos personales) y las circulares de la Superintendencia de Industria y Comercio establecen límites claros sobre qué información puede solicitarse y cómo debe tratarse.

Adicionalmente, el Decreto 090 de 2024 aclaró que ciertos documentos que se pedían de forma habitual ya no pueden exigirse obligatoriamente.

Documentos que SÍ puede pedir

Identificación

  • Copia de cédula de ciudadanía o documento de identidad vigente
  • Para extranjeros: pasaporte o cédula de extranjería

Capacidad de pago

  • Comprobantes de ingresos de los últimos 3 meses (extractos bancarios, desprendibles de nómina)
  • Declaración de renta del último año (para independientes)
  • Certificado de ingresos y retenciones

Historia de arrendamiento

  • Referencias de arrendamientos anteriores con datos de contacto del arrendador
  • Carta de recomendación de arrendador previo (opcional, no obligatoria para el prospecto)

Historial crediticio (con condición)

  • Puede solicitar autorización para consultar DataCrédito o CIFIN, pero solo con firma electrónica trazable del prospecto. Un checkbox no es suficiente según la Ley 1266 de 2008.

Documentos que NO puede exigir

Carta laboral (en muchos casos)

Aunque sigue siendo habitual pedirla, la carta laboral no puede exigirse como requisito obligatorio para arrendar. Puede solicitarse como complemento voluntario, pero no condicionar el arriendo a su presentación si el prospecto ya demostró capacidad de pago por otros medios.

Exámenes médicos o de cualquier tipo

Está completamente prohibido solicitar exámenes de salud, pruebas de embarazo o cualquier información sobre el estado físico del prospecto.

Información sobre creencias, afiliaciones o vida personal

No puede preguntar ni exigir documentos sobre:

  • Afiliación política o religiosa
  • Orientación sexual
  • Etnia o raza
  • Afiliación sindical

Negar un arriendo con base en cualquiera de estos factores puede constituir discriminación.

Información de menores de edad

No puede exigir documentos de los hijos del arrendatario ni condicionar el arriendo a la ausencia de menores en el hogar.

Cómo manejar la información que recibe

Toda la información que recolecta de un prospecto está sujeta a la Ley 1581. Esto significa que:

  • Debe informar para qué va a usar esos datos antes de recolectarlos
  • No puede compartirlos con terceros sin autorización
  • Debe eliminarlos si el prospecto no arrienda y así lo solicita
  • No puede usarlos para fines diferentes a la evaluación del arriendo

Regla práctica para el arrendador

Antes de pedir cualquier documento, hágase esta pregunta: ¿Este documento me ayuda a evaluar si el prospecto puede pagar el arriendo y cuidar el inmueble?

Si la respuesta es sí, probablemente puede pedirlo. Si la respuesta es "siempre se ha pedido" o "quiero saber más sobre él", probablemente no debería pedirlo.

Un proceso de evaluación profesional, legal y eficiente se basa en ingresos verificables, historial crediticio con autorización y referencias de arrendamientos anteriores. Eso es suficiente.

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